Voz Pópuli
La respuesta es sí. La Audiencia Nacional da la razón a las empresas y permite que descuenten de la nómina los retrasos en el fichaje de entrada al puesto de trabajo. Además, no considera que haya doble sanción: puede haber reducción de sueldo y sanción.
El tribunal ha fallado en contra de los sindicatos que defienden que esas demoras en la entrada son recuperables y por tanto, deben ser remunerados, pero la Audiencia matiza que “si no hay prestación efectiva de servicios en un periodo de tiempo programado como de trabajo por ínfimo que sea, cesa la obligación de retribuir”.
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